ESPAÑA NECESITA UNA NUEVA LEY DE SEGURIDAD. LA LEY 2/1986 YA NO SIRVE PARA EL PAÍS QUE SOMOS.
Cuarenta años después, no basta con coordinar los cuerpos policiales.
Hay que reconstruir las bases jurídicas, competenciales y financieras de la seguridad pública.
El 29 de noviembre de 2026 puede abrir una nueva etapa política en España. Pero, más allá de quién gane las próximas elecciones generales, hay una cuestión que el próximo Gobierno no debería aplazar: la reforma integral del sistema de seguridad pública.
La Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, nació para dar respuesta a la España de la Transición, a la consolidación del Estado autonómico y a una determinada distribución de responsabilidades policiales.
Cuarenta años después, España es otra.
Han cambiado la sociedad, la delincuencia, la tecnología, la movilidad, las amenazas híbridas, la organización territorial y las necesidades de protección de la ciudadanía. Han evolucionado las competencias autonómicas y las capacidades de las policías locales. También ha cambiado la relación entre lo local, lo autonómico, lo estatal y lo global.
Sin embargo, seguimos intentando responder a muchos de estos desafíos con unas bases normativas concebidas para una realidad que ya no existe.
No necesitamos un parche legislativo. Necesitamos un nuevo contrato institucional para la seguridad pública.
1. Una ley de 1986 no puede dirigir la seguridad de la España de 2026
La Ley Orgánica 2/1986 continúa siendo una norma fundamental. Precisamente por eso debemos atrevernos a revisar si su arquitectura sigue respondiendo adecuadamente a las necesidades actuales.
No se trata de cuestionar la Constitución ni de debilitar las competencias de ningún cuerpo policial. Se trata de hacer que el sistema funcione mejor, que las responsabilidades estén claras y que los recursos lleguen allí donde se necesitan.
La reforma debe partir de una revisión rigurosa del marco constitucional, de los estatutos de autonomía, de la legislación estatal y autonómica de seguridad y de las normas que regulan las competencias municipales.
Y si ese análisis demuestra que determinadas disposiciones legales, estatutarias o incluso constitucionales impiden construir un modelo coherente, habrá que abordar las modificaciones necesarias por los procedimientos correspondientes. No se puede dar por supuesto que todo deba cambiar, pero tampoco convertir el marco vigente en una excusa para no cambiar nada.
La pregunta es incómoda, pero inevitable:
¿Tiene sentido mantener intactas las bases de un sistema policial diseñado hace cuatro décadas cuando las necesidades de seguridad de nuestros municipios, comunidades autónomas y del propio Estado han cambiado radicalmente?
La respuesta no puede ser seguir acumulando reformas parciales mientras los problemas estructurales permanecen intactos.
2. De la coordinación policial a una verdadera gobernanza de la seguridad
Durante demasiado tiempo, una parte importante del debate se ha centrado en la coordinación entre cuerpos policiales.
La coordinación es imprescindible, pero ya no es suficiente.
España necesita una gobernanza de la seguridad que defina con claridad quién decide, quién ejecuta, quién comparte información, quién evalúa los resultados y quién financia cada responsabilidad.
El nuevo modelo debe articular las capacidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, las policías autonómicas y las policías locales, respetando sus respectivos ámbitos competenciales y reforzando la cooperación operativa.
Necesitamos interoperabilidad tecnológica, intercambio eficaz de información, planificación conjunta, formación compatible, análisis estratégico y evaluación de resultados.
Pero también necesitamos resolver los vacíos competenciales, las duplicidades y las desigualdades de capacidad entre territorios.
La seguridad no puede depender de que dos administraciones tengan buena voluntad, de que sus responsables mantengan una relación fluida o de que exista un acuerdo político coyuntural.
La cooperación debe estar respaldada por reglas claras, mecanismos estables y financiación suficiente.
Coordinar no es gobernar. Reunirse no es integrar. Y repartir competencias no significa garantizar resultados.
3. La gran injusticia del sistema: la seguridad local depende demasiado de la capacidad económica municipal
Aquí se encuentra uno de los problemas más importantes y menos abordados del modelo español.
Dos ciudadanos con los mismos derechos pueden recibir capacidades de protección muy diferentes dependiendo del municipio en el que vivan.
Un ayuntamiento con una base fiscal amplia puede disponer de más agentes, mejores medios tecnológicos, mayor capacidad preventiva y más servicios especializados.
Otro municipio, con una población reducida, dispersión territorial o escasos recursos económicos, puede tener enormes dificultades para sostener una estructura policial suficiente, incluso cuando sus necesidades de seguridad son relevantes.
¿Es razonable que la capacidad de protección dependa, en tal medida, de la riqueza de cada municipio?
La seguridad pública es un servicio de interés general. Sus beneficios no se detienen en los límites administrativos. Un municipio protege a sus residentes, pero también a quienes trabajan en él, estudian, compran, utilizan sus infraestructuras o participan en sus actividades.
La movilidad cotidiana, los eventos multitudinarios, las zonas industriales, los espacios naturales, el turismo y las grandes áreas metropolitanas generan necesidades que superan la capacidad de respuesta de un solo ayuntamiento.
Y, sin embargo, buena parte del coste de la policía local sigue recayendo sobre las arcas municipales.
Socializamos los beneficios de la seguridad, pero municipalizamos buena parte de sus costes.
Este desequilibrio debe terminar.
4. La financiación de la seguridad local debe ser compartida
La reforma de la Ley Orgánica 2/1986 debe incorporar una nueva concepción de la financiación de la seguridad local, desarrollada mediante la legislación financiera y competencial que corresponda.
No propongo que el Estado pague todos los servicios municipales ni que las administraciones supramunicipales sustituyan a los ayuntamientos.
Propongo algo más razonable: que cada nivel de gobierno contribuya de acuerdo con sus competencias, su capacidad financiera y el beneficio territorial que obtiene de los servicios de seguridad.
El modelo debería asentarse sobre cinco pilares:
1. El Estado. Una financiación básica que contribuya a garantizar unos estándares mínimos de capacidad policial y de protección en todo el territorio, con criterios objetivos y mecanismos de compensación territorial.
2. Las comunidades autónomas. Una participación estable en la financiación de las policías locales, vinculada a sus competencias en coordinación, formación, planificación, asistencia y desarrollo del sistema autonómico de seguridad.
3. Las diputaciones provinciales y los consejos insulares. Recursos específicos para municipios con menor capacidad económica, especialmente aquellos que no pueden sostener por sí solos estructuras policiales suficientes.
4. Los consejos comarcales, las áreas metropolitanas y otras entidades supramunicipales. Una contribución proporcional a las funciones y servicios compartidos que desarrollen, cuando resulte jurídicamente procedente y con una distribución de costes previamente establecida.
5. Los ayuntamientos. Una aportación propia, ajustada a su capacidad económica, a sus necesidades de seguridad y a los servicios que prestan.
Esta financiación no debería basarse exclusivamente en el número de habitantes. También tendría que considerar la población flotante, la dispersión territorial, la extensión del término municipal, la actividad económica, los riesgos específicos, la presión turística y las necesidades reales del servicio.
La fórmula debe ser transparente, plurianual, evaluable y suficientemente estable para permitir planificar plantillas, inversiones y recursos tecnológicos.
Y hay una condición esencial: los fondos deben financiar capacidades reales, no convertirse en transferencias sin objetivos ni evaluación.
No se trata de gastar más por gastar. Se trata de distribuir mejor el esfuerzo económico para garantizar una protección más equitativa.
5. Seguridad glocal: pensar globalmente, proteger desde lo local
El concepto de seguridad glocal permite comprender por qué esta reforma es urgente.
Glocal significa integrar la dimensión global de las amenazas con la realidad concreta de cada territorio. Pensar globalmente y actuar localmente, pero también conectar la información, la prevención y la respuesta local con los sistemas autonómicos, estatales e internacionales.
La cibercriminalidad, las redes de delincuencia organizada, el tráfico ilícito de personas, la radicalización violenta, las amenazas híbridas y las crisis que afectan a infraestructuras críticas pueden tener dimensiones internacionales.
Sin embargo, sus consecuencias terminan manifestándose en lugares concretos: en un barrio, en un comercio, en una carretera, en un centro educativo o en una comunidad de vecinos.
Y es en esos espacios donde la ciudadanía espera una primera respuesta, donde se detectan muchas señales de alerta y donde la prevención puede resultar decisiva.
La seguridad glocal no significa atribuir a las policías locales competencias que legalmente no les corresponden. Significa reconocer su posición estratégica dentro de un sistema de seguridad integrado, con funciones bien definidas, información compartida, recursos adecuados y cooperación efectiva.
Una policía local bien dimensionada puede mejorar la prevención, la convivencia, la seguridad vial, la protección de colectivos vulnerables, la detección temprana de conflictos y la respuesta ante emergencias dentro de su ámbito competencial.
También puede aportar conocimiento territorial indispensable para que las políticas autonómicas y estatales sean más eficaces.
Por eso, la seguridad global no comienza únicamente en las grandes estructuras del Estado. También comienza en la capacidad de un municipio para proteger a sus vecinos y cooperar con el conjunto del sistema.
6. Ningún municipio debería quedar condenado a una seguridad de segunda categoría
El nuevo modelo debe garantizar que vivir en un municipio pequeño no implique resignarse a una menor capacidad de protección.
Esto exige superar la idea de que cada ayuntamiento debe resolver aisladamente sus necesidades policiales.
La reforma debería facilitar decididamente las fórmulas de cooperación intermunicipal y mancomunación de servicios policiales, con garantías jurídicas, dirección operativa clara, financiación estable y respeto a las competencias de cada administración.
También debe estudiarse un marco legal que permita articular soluciones para los municipios que no disponen de cuerpo propio, incluyendo la regulación de las funciones que pueden desarrollar sus vigilantes o guardias municipales y, cuando proceda, vías legalmente ordenadas de integración o transición hacia estructuras de policía local.
No todos los municipios necesitan la misma organización. Pero todos necesitan una respuesta adecuada a sus riesgos y circunstancias.
Habrá territorios que requieran cuerpos propios; otros podrán beneficiarse de estructuras compartidas, servicios de apoyo supramunicipales o fórmulas de cooperación adaptadas a su realidad.
La clave no es imponer un único modelo organizativo. La clave es garantizar unas capacidades mínimas comunes y permitir soluciones diferentes para alcanzarlas.
La igualdad no consiste en que todos los municipios tengan exactamente el mismo número de agentes. Consiste en que ninguno quede abandonado por su tamaño, su dispersión geográfica o su debilidad financiera.
7. Después del 29 de noviembre: una reforma de Estado, no de partido
Quien asuma la responsabilidad de gobernar España después de las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 debería situar esta reforma entre las grandes prioridades de la legislatura.
No como una iniciativa partidista ni como una disputa entre administraciones, sino como una política de Estado.
El proceso debería comenzar con una auditoría del sistema actual, un diagnóstico compartido de las necesidades territoriales y una evaluación de las insuficiencias del marco jurídico y financiero.
A partir de ahí, sería necesario impulsar una negociación institucional con el Gobierno central, las comunidades autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias, las entidades locales y las organizaciones profesionales y sindicales representativas de los cuerpos policiales.
El resultado debería ser una reforma integral que contemple, al menos:
La actualización de las bases jurídicas y competenciales del sistema de seguridad pública.
La adaptación de la legislación estatal y autonómica y, si fuera jurídicamente imprescindible, la revisión de las disposiciones constitucionales o estatutarias pertinentes mediante los procedimientos establecidos.
Un sistema estable de financiación compartida de las policías locales.
La cooperación intermunicipal y la mancomunación de servicios policiales.
La interoperabilidad tecnológica y el intercambio eficaz de información.
Unos estándares básicos de capacidad, formación, medios y evaluación.
Una distribución transparente de responsabilidades entre administraciones.
Mecanismos de evaluación periódica para comprobar si la reforma mejora realmente la seguridad ciudadana.
La reforma debe nacer del consenso institucional, pero no puede quedar secuestrada por la búsqueda interminable de unanimidades. Hay que establecer objetivos, calendario, financiación y responsabilidades políticas.
Porque aplazar las decisiones también tiene consecuencias.
8. La pregunta que debemos hacernos
España ha demostrado que puede transformar profundamente sus instituciones cuando existe voluntad política.
Lo hizo durante la construcción del Estado autonómico. Lo hizo al desarrollar nuevos servicios públicos. Lo hizo cuando tuvo que adaptar sus estructuras a una sociedad distinta.
¿Por qué no hacerlo ahora con la seguridad pública?
¿Por qué seguimos tratando la policía local como una responsabilidad esencialmente municipal cuando su actividad forma parte de un sistema de protección que beneficia al conjunto de la sociedad?
¿Por qué aceptamos que la capacidad de prevención y respuesta dependa tanto de la disponibilidad presupuestaria de cada ayuntamiento?
¿Y por qué seguimos hablando de coordinación cuando lo que necesitamos es una verdadera arquitectura de seguridad compartida, sostenible y evaluable?
La seguridad no puede ser un privilegio territorial. Tampoco puede depender de la voluntad ocasional de una administración para financiar lo que otra no puede sostener.
Debe ser una política pública estructural, con responsabilidades claras y recursos suficientes.
La Ley Orgánica 2/1986 fue una respuesta a la España de su tiempo. Ahora necesitamos una respuesta para la España que viene.
Cuarenta años después, el debate no debería ser si podemos permitirnos reformar nuestro sistema de seguridad.
La verdadera pregunta es cuánto nos cuesta seguir sin hacerlo.
La seguridad glocal empieza en lo local, pero es una responsabilidad de país.
Y el momento de abrir ese debate es ahora.
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